La Audiencia Provincial de Ourense aplicó la primera reducción de pena al autor de un delito de tentativa de agresión sexual con la nueva ley del "solo sí es sí", por lo que ya ha sido puesto en libertad. La condena, que se extinguiría el 12 de febrero de 2023, se redujo de los tres años y medio a los dos y medio, por lo que el acusado ya salió de la prisión de Pereiro.
Los hechos tuvieron lugar en 2016, cuando el autor asaltó e intentó violar a una joven que se encontraba a orillas del río en Xinzo. La condena, sentenciada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), fue dictada en junio de 2018 y ratificada por el Supremo en mayo de 2019, impuesta por la comisión de un delito de agresión sexual en grado de tentativa para la que se establecía una pena de entre tres y seis años de cárcel.
Tras la reforma introducida por la Ley 10/2022 -conocida como la ley del "solo sí es sí"-, el castigo para este delito, según el auto, es de entre dos y cuatro años de prisión. El TSXG acordó en la resolución imponer al acusado la pena inferior en grado establecida para ese delito, fijándola en tres años y seis meses, es decir, "próxima al mínimo legal" de tres, pero con el nuevo arreglo, los magistrados apuntan en el auto que "no se le habría impuesto la pena de tres años y seis meses, tan próxima al límite máximo (cuatro años)".
El tribunal afirma que la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual "no contempla previsión normativa alguna relativa a la revisión de las sentencias firmes", por lo que considera que se debe aplicar el artículo 2.2 del Código Penal, "que sienta la retroactividad de las leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena". Contra el auto cabe interponer recurso de súplica.